LA MAYORÍA DE LOS FRACCIONAMIENTOS DE CANCÚN NO CUMPLEN CON LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE LEY. LA VORACIDAD DE LOS DESARROLLADORES ES SIMILAR A LA AMBICIÓN DE LOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES.
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Por Eduardo José Lara
El Pizarrín
Entre los muchos problemas que aquejan a la sociedad de Benito Juárez, Quintana Roo, además de la gran inseguridad, es el alto índice de suicidios que año con año aumenta en forma cada vez más alarmante, hechos que las autoridades gubernamentales pretenden justificar mediante argumentos exclusivos del estado emocional de los suicidas, producto de graves problemas familiares, sin embargo este fenómeno social tiene múltiples factores que coadyuvan a tomar una decisión tan drástica.
Definitivamente, el aspecto afectivo familiar es uno de esos factores, la situación económica es otro de ellos y uno más que no se menciona es el hacinamiento en que vivimos la mayor parte de los habitantes de este municipio, particularmente los habitantes de Cancún, producto de la irresponsabilidad y alta corrupción de las autoridades municipales a la hora de autorizar la construcción de casas habitación, particularmente en fraccionamientos, las cuales no cumplen con las especificaciones mínimas consignadas en la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo.
En el artículo 6 de la mencionada Ley se establece que las dimensiones mínimas y máximas de los lotes estarán sujetas a las disposiciones consignadas en dicho documento legal, en el artículo 7 se establecen los tipos de fraccionamientos, estando clasificados tres tipos de fraccionamientos de Tipo Habitacional Urbano, siendo estos, Residencial, Tipo Medio y de Interés Social y/o Popular.
En el primer tipo de fraccionamiento se estipula que estarán destinados a viviendas con construcción de primera, según lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Estado y para los otros dos tipos se menciona que podrán contar con edificios departamentales.
Ahora bien, considerando el caso que nos ocupa, el hacinamiento, en la fracción II del artículo 14 se indica que los lotes para fraccionamientos de tipo medio no podrán tener un frente menor a diez metros ni serán menores a los 200 metros cuadrados, así como destinar al menos el 30% del espacio a áreas libres de construcción.
En la fracción III del mismo artículo, se indica que los lotes de fraccionamientos de Interés Social y 77 o Popular no podrán tener un frente menor a los siete metros con veinte centímetros ni una superficie menor a los 110 metros cuadrados, destinando como mínimo el 20% del terreno a áreas libres de construcción y en ambos casos, las edificaciones deberán estar, al menos dos metros detrás del alineamiento oficial.
A pesar de las disposiciones legales mencionadas, quienes vivimos en Cancún, podemos constatar que la mayor parte de los fraccionamientos que existen en esta ciudad no fueron construidos en terrenos que cumplen con las obligaciones legales, situación que demuestra la total negligencia y corrupción de las autoridades correspondientes, lo cual genera varios problemas sociales, entre los que podemos mencionar la sobredensificación, la falta de servicios públicos suficientes, así como el hacinamiento en que vivimos la mayor parte de los habitantes de Cancún, situación que es uno de los principales factores que generan el sentimiento de angustia que ha llevado a muchas personas al suicidio.
Una muestra fehaciente de esta práctica de corrupción es el fraccionamiento Villas Otoch, en donde las casas están construidas en terrenos de no más de cuatro metros de frente y con una superficie no mayor de 40 metros cuadrados, sin embargo, la necesidad de contar con una vivienda propia ha hecho que la mayor parte de los trabajadores se hayan decidido por comprar esos pequeños espacios supuestamente habitacionales, lugares en los que la convivencia humana, de por sí complicada, se convierte en un pequeño infierno debido a espacio insuficiente para satisfacer las necesidades humanas elementales de una casa habitación.
Pero además de los perjuicios que se les causa a los habitantes de estos ilegales fraccionamientos, los funcionarios municipales se atreven a cobrar un impuesto predial que no corresponde al tipo de inmueble y por el cual el Ayuntamiento no brinda los servicios públicos municipales consignados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que es una muestra más de la falta de responsabilidad y ambición desmedida de los funcionarios públicos que cobran altísimos salarios de los impuestos que pagamos quienes padecemos las consecuencias de su pésimo y corrupto comportamiento.
ES CUANTO
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